martes, 11 de agosto de 2026

Chile es un Estado laico, no un Estado anticlerical

La separación entre la Iglesia y el Estado forma parte de la historia republicana chilena. Pero de ella no se desprende que el Estado deba ser hostil a la religión. Laicidad significa autonomía institucional y libertad de conciencia; anticlericalismo significa convertir esa autonomía en una política de sospecha, exclusión o combate permanente contra las creencias religiosas. Confundir ambas cosas es un error histórico, jurídico y político.

Viva Chile.

Chile no nació como un Estado laico en el sentido contemporáneo. Durante buena parte del siglo XIX, la relación entre el poder civil y la Iglesia Católica estuvo estrechamente vinculada. La Constitución de 1833 reconocía a la religión católica, apostólica y romana como la religión de la República, aunque durante las décadas posteriores fueron ampliándose progresivamente las libertades para otros credos.

El proceso de secularización fue gradual y estuvo acompañado de fuertes controversias políticas. La llamada Ley de Culto de 1865 constituye uno de sus antecedentes, al permitir a los no católicos practicar su culto en recintos particulares y educar a sus hijos en escuelas privadas. Posteriormente, durante el gobierno de Domingo Santa María, se aprobaron las denominadas leyes laicas: la Ley de Cementerios de 1883 y las leyes de Matrimonio Civil y Registro Civil de 1884. Con ellas, funciones que hasta entonces estaban vinculadas a la Iglesia pasaron a la administración civil.

El momento decisivo llegó con la Constitución de 1925. La nueva Carta Fundamental consagró formalmente la separación entre la Iglesia y el Estado y aseguró, al mismo tiempo, la libertad de conciencia y de culto. La propia Biblioteca del Congreso Nacional identifica precisamente esa separación como uno de los hitos fundamentales de aquella Constitución.

Por tanto, existe una larga tradición histórica detrás del carácter laico del Estado chileno. Pero precisamente esa historia demuestra algo que a veces parece olvidarse: la secularización de las instituciones no significó la desaparición de la religión de la sociedad chilena.


Laicidad no significa ateísmo de Estado

Aquí está el punto fundamental. Un Estado laico no es un Estado que declara que Dios no existe. Tampoco es un Estado que considera irracional a la fe, que sospecha de las iglesias o que pretende expulsar las convicciones religiosas del espacio público.

Un Estado laico es, esencialmente, un Estado que no confunde el poder político con una autoridad religiosa y que garantiza que ninguna confesión pueda transformarse en el poder jurídico del Estado. La diferencia es enorme.

Que el Estado sea laico no significa que la Iglesia Católica no sea importante en Chile. Significa que un obispo no tiene atribuciones constitucionales para nombrar ministros o autoridades gubernamentales, que una conferencia episcopal no designa parlamentarios y que ninguna autoridad eclesiástica posee una potestad legislativa sobre la República.

Pero exactamente por la misma razón, el Estado tampoco puede transformarse en una autoridad religiosa que determine qué ciudadanos pueden expresar públicamente sus convicciones, qué iglesias pueden desarrollar su actividad o qué creyentes pueden participar en la vida política. La neutralidad estatal debe operar en ambas direcciones.

La Constitución chilena reconoce expresamente la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de los cultos dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico. No estamos, por tanto, ante una simple tolerancia concedida por el Estado: estamos ante un derecho fundamental.


La Iglesia no legisla: los católicos sí pueden hacerlo

Hay otra confusión que resulta especialmente importante en el debate contemporáneo. La Iglesia Católica, como institución religiosa, no presenta proyectos de ley ante el Congreso, no vota en las sesiones parlamentarias y no determina quién ocupa los cargos de representación popular. Pero de eso no se desprende que los católicos deban dejar de ser católicos cuando ingresan a la política.

Un parlamentario católico sigue teniendo conciencia, convicciones y una determinada concepción de la dignidad humana. Un parlamentario ateo también tiene una concepción moral del ser humano. Un parlamentario agnóstico también posee principios sobre la justicia, la libertad, la familia, la economía o el bien común.

Pretender que solamente las convicciones religiosas deben quedar fuera de la política sería establecer una suerte de privilegio inverso: se permitiría que todas las filosofías políticas, ideologías y concepciones antropológicas influyeran en la legislación, salvo aquellas que tienen un fundamento religioso. Eso tampoco sería neutralidad.

La democracia liberal no exige que los ciudadanos dejen sus convicciones en la puerta del Congreso. Exige algo mucho más razonable: que las decisiones públicas sean adoptadas mediante procedimientos democráticos, respetando la Constitución, las leyes, los derechos fundamentales y la igualdad ante la ley.

Un católico puede votar un proyecto de ley inspirado por sus convicciones. Un socialista puede hacerlo inspirado por Marx. Un liberal puede hacerlo inspirado por Locke. Un conservador puede hacerlo inspirado por Burke. Un libertario puede hacerlo inspirado por Hayek. El Estado no tiene por qué determinar cuál de esas cosmovisiones está autorizada a ingresar al debate democrático.


El propio pensamiento católico reconoce la autonomía de la política

Esta posición no solamente es compatible con el liberalismo democrático. También encuentra un sólido fundamento en el pensamiento católico contemporáneo.

El Concilio Vaticano II fue extraordinariamente claro en Gaudium et spes. Allí se afirma que la comunidad política y la Iglesia son independientes y autónomas, cada una en su propio ámbito, aunque ambas estén llamadas a servir al bien de las personas. Es una distinción fundamental.

La Iglesia no es un partido político. El Evangelio no es un programa electoral. Un obispo no es un legislador. Y la autoridad espiritual no equivale a autoridad civil. Pero esa separación tampoco significa que la Iglesia deba permanecer muda frente a cuestiones que afectan al ser humano. El mismo Concilio sostiene que la Iglesia tiene derecho a predicar su doctrina, ejercer su misión y formular juicios morales incluso respecto de materias políticas cuando estén comprometidos derechos fundamentales o la salvación de las almas. Esto resulta decisivo: autonomía no significa aislamiento.

La Iglesia y el Estado tienen competencias diferentes, pero existen dentro de la misma sociedad. Y los creyentes forman parte de esa sociedad.


De Maritain a Benedicto XVI: una sociedad plural no necesita expulsar a Dios

El filósofo católico Jacques Maritain realizó una contribución extraordinariamente importante a esta discusión al defender una democracia fundada en la dignidad de la persona y en los derechos humanos, compatible con una sociedad plural y con ciudadanos que poseen diferentes concepciones filosóficas y religiosas.

Su pensamiento ayuda a comprender que la democracia no requiere uniformidad espiritual. Por el contrario, necesita reconocer la dignidad de la persona y la existencia de convicciones que preceden al poder político.

Décadas después, Benedicto XVI insistiría en una idea semejante al defender la legítima autonomía de las realidades temporales. La autonomía de la política, de la ciencia y de las instituciones civiles no implica negar a Dios; implica reconocer que las realidades terrenas poseen sus propias reglas y competencias. La Iglesia, en otras palabras, no necesita convertirse en gobierno para defender sus principios. Y el Estado no necesita convertirse en una máquina de secularización para ser neutral.


La libertad religiosa protege también al que no cree

Una defensa seria del Estado laico tampoco puede transformarse en una defensa del Estado confesional. La misma lógica que permite al católico vivir de acuerdo con su conciencia protege al protestante, al judío, al musulmán, al agnóstico y al ateo. El principio es la libertad.

El Concilio Vaticano II, en Dignitatis humanae, formuló esta idea de manera especialmente contundente: la persona debe estar libre de coerción en materia religiosa y debe poder actuar de acuerdo con su conciencia, tanto privada como públicamente, dentro de los límites del orden justo. Además, la autoridad civil no puede imponer una religión ni impedir que alguien profese, abandone o cambie de religión.

Pero hay una segunda parte igualmente importante: la autoridad tampoco puede utilizar la fuerza para eliminar o cohibir la religión. Ese principio debería bastar para distinguir entre laicidad y anticlericalismo. El problema aparece cuando la laicidad se convierte en una nueva ortodoxia

Una democracia puede perfectamente ser laica y, al mismo tiempo, profundamente respetuosa de la religión. Lo que resulta incompatible con una democracia liberal es que el Estado establezca una religión oficial y otorgue privilegios jurídicos a sus creyentes. Pero también resulta incompatible con la libertad que el Estado considere sospechosa cualquier expresión religiosa y pretenda relegarla exclusivamente al ámbito privado. La segunda posición es tan problemática como la primera.

Si el Estado confesional dice: “Esta es la religión verdadera y el poder público la protegerá”, el Estado anticlerical puede terminar diciendo: “La religión es un problema y el poder público debe contenerla”. Ambos cometen el mismo error desde extremos diferentes: atribuyen al Estado una competencia que no le corresponde sobre la conciencia humana. El Estado liberal debe ser neutral, no hostil.


Chile no necesita un Estado que combata la fe

En Chile, la cuestión resulta especialmente significativa porque el cristianismo forma parte profunda de nuestra historia cultural. Muchas instituciones, obras educacionales, hospitales, organizaciones sociales, obras de beneficencia y expresiones culturales surgieron bajo inspiración cristiana. Eso no significa que Chile deba volver a un Estado confesional. Significa reconocer que la secularización institucional no puede convertirse retrospectivamente en una negación de nuestra historia.

  • Una cosa es decir que la Iglesia Católica no debe ejercer poder político institucional. Otra completamente distinta es afirmar que la sociedad chilena debe desprenderse de toda huella cultural cristiana.
  • Una cosa es sostener que las leyes deben ser civiles. Otra es sostener que un legislador católico no puede argumentar desde sus convicciones morales.
  • Una cosa es garantizar que ningún ciudadano sea obligado a profesar una religión. Otra es pretender que ningún ciudadano pueda llevar su fe al espacio público.

Y aquí aparece la diferencia con el anticlericalismo

Si determinados sectores de la ultraizquierda chilena desean ir más allá de la separación Iglesia-Estado y avanzar hacia una concepción abiertamente anticlerical de la República, ese es otro debate.

Porque el anticlericalismo no se limita a separar competencias. Busca, históricamente, reducir o combatir la influencia de las instituciones religiosas en la sociedad y, en determinadas versiones, considera la religión como una expresión que debería ser progresivamente relegada del espacio público. Eso no es equivalente a la laicidad.

El Estado laico dice: “No tengo religión oficial y ninguna Iglesia gobierna”. El Estado anticlerical corre el riesgo de decir: “No quiero que la religión tenga influencia social”.

La primera afirmación es perfectamente compatible con la libertad religiosa. La segunda puede terminar chocando con ella.

Y existe una diferencia todavía más profunda: la primera reconoce la autonomía de la sociedad civil; la segunda puede intentar imponer desde el Estado una determinada concepción secular de lo que debe ser la sociedad.


La República no puede tener una religión determinada, pero tampoco una irreligión oficial

Esta debería ser una de las reglas básicas de cualquier democracia madura. Chile no necesita que el Estado tenga una religión oficial. Pero tampoco necesita que el Estado tenga una irreligiόn.

No corresponde que La Moneda determine cuál es la verdad religiosa absoluta. Pero tampoco corresponde que determine que las convicciones religiosas son intelectualmente inferiores, políticamente ilegítimas o socialmente indeseables.

El Estado debe garantizar la libertad del creyente y del no creyente. Debe permitir que una persona vaya a misa, otra a una sinagoga, otra a una iglesia evangélica y otra no vaya a ningún templo. Debe permitir que un católico sea diputado, que un ateo sea senador y que un agnóstico llegue a la Presidencia. Y debe juzgarlos por sus actos públicos, no por sus convicciones íntimas. Ese es precisamente el sentido profundo de la libertad de conciencia.


La verdadera neutralidad exige tolerancia en ambas direcciones

La neutralidad estatal no consiste en borrar la religión de la sociedad. Consiste en impedir que el poder político transforme una determinada convicción religiosa —o antirreligiosa— en una obligación para todos.

  • La Iglesia no gobierna Chile.
  • Los obispos no nombran ministros.
  • Los sacerdotes no redactan ni votan las leyes.
  • Las iglesias no tienen representación institucional en el Congreso.


Pero los católicos sí votan. Los evangélicos sí votan. Los judíos sí votan. Los ateos sí votan. Y todos ellos tienen derecho a participar en la deliberación pública con las convicciones que libremente profesan. Eso no debilita al Estado laico. Eso es el Estado laico.

El desafío de una democracia verdaderamente liberal no es construir una sociedad sin religión. Es construir una sociedad en la que ninguna religión —y tampoco ninguna ideología secular— pueda utilizar el Estado para imponer su visión de la conciencia humana.

Chile ya recorrió hace mucho tiempo el camino de la separación institucional entre Iglesia y Estado. Lo que no debería hacer ahora es confundir esa separación con una guerra contra la religión.

Porque una República libre no necesita ciudadanos sin fe. Necesita ciudadanos libres. Y la libertad de conciencia incluye tanto el derecho a creer como el derecho a no creer. Por eso la fórmula correcta sigue siendo sencilla: Chile es —y debe seguir siendo— un Estado laico, pero no un Estado anticlerical.

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