Augusto Pinochet y su patrimonio: la historia detrás de una de las grandes acusaciones contra el ex Presidente.
Durante años, el caso Riggs fue presentado ante la opinión pública como la prueba definitiva de que Augusto Pinochet había robado millones de dólares al Estado chileno. Sin embargo, la defensa sostuvo una explicación completamente diferente: que las cifras habían sido infladas, que se habían contabilizado como propias cuentas que pertenecían a terceros, que existían ahorros e inversiones personales, que Pinochet había recibido donaciones privadas y que incluso había existido una colecta de empresarios y particulares destinada a protegerlo frente a futuras acciones judiciales. Esta es la historia y los principales argumentos de esa defensa.
Una acusación que se convirtió rápidamente en una sentencia pública
| Augusto Pinochet. |
La imagen que se instaló fue la de un ex gobernante que, después de abandonar el poder, habría escondido una gigantesca fortuna en cuentas bancarias extranjeras utilizando nombres distintos del suyo.
La acusación pública parecía sencilla. Pinochet había sido comandante en jefe del Ejército y jefe del Gobierno Militar durante 17 años. Después de 1990 habían aparecido millones de dólares en cuentas extranjeras. Por lo tanto, según sus acusadores, esos recursos debían proceder de dinero público sustraído durante su permanencia en el poder. La defensa rechazó tajantemente esa conclusión. Y aquí aparece un punto que resulta fundamental para comprender el debate. La defensa nunca sostuvo que las cuentas no existieran. Lo que discutió fue su interpretación.
La pregunta del abogado Pablo Rodríguez y de quienes defendieron a Pinochet era esencialmente ésta: ¿que aparezca una cuenta relacionada con Pinochet significa necesariamente que todo el dinero que pasó por ella pertenecía a Pinochet y que provenía del Estado? Para la defensa, la respuesta era no.
Pablo Rodríguez lo resumió de manera extraordinariamente categórica en noviembre de 2004: “Se lo digo una y diez veces, el general Pinochet no le ha robado un peso a nadie ni menos al Estado chileno”.
Aquella frase se convirtió en una de las expresiones más contundentes de la defensa. Pero detrás de ella había una argumentación bastante más elaborada.
Pablo Rodríguez Grez, el abogado que asumió la defensa
Pablo Rodríguez Grez fue uno de los abogados más conocidos de la derecha chilena y una de las figuras intelectuales más estrechamente vinculadas a la defensa de Augusto Pinochet.
Abogado, académico y dirigente político, Rodríguez había tenido una trayectoria pública anterior al Gobierno Militar. Fue uno de los fundadores del Movimiento Nacionalista Patria y Libertad y posteriormente desarrolló una extensa carrera profesional y universitaria.
En el caso Riggs asumió la tarea de explicar jurídicamente el origen del patrimonio de Pinochet y de enfrentar una investigación que amenazaba con transformar las sospechas públicas en una acusación formal por delitos económicos.
Rodríguez no se limitó a negar las acusaciones. Además ofreció una explicación alternativa sobre el origen de los recursos. En agosto de 2004 sostuvo que los bienes y dineros de Pinochet estaban “perfectamente justificados”. Y especificó cuáles serían las fuentes: “Sea como consecuencia de los ahorros que realizó durante toda su vida, de las donaciones que recibió particularmente durante los plebiscitos de 1980 y 1988, de las donaciones que recibió durante el período que permaneció detenido en Londres o como consecuencia de intereses que percibió de los ahorros que ha realizado durante toda su vida”.
Esta explicación es importante porque desmonta la idea de que la defensa hubiese tenido una sola explicación para todo el dinero. Por el contrario, hablaba de varias fuentes acumulativas.
- Ahorros.
- Intereses.
- Inversiones.
- Donaciones.
- Aportes recibidos durante los plebiscitos.
- Aportes recibidos durante su detención en Londres.
Y, como acá explico más adelante, la existencia de fondos reunidos por particulares para afrontar futuras contingencias políticas y judiciales.
La tesis de los ahorros y las inversiones
Uno de los pilares de la defensa fue sostener que Pinochet había acumulado patrimonio durante una vida profesional extraordinariamente larga.
Antes de llegar a la Presidencia, había desarrollado una extensa carrera militar. Posteriormente ejerció como comandante en jefe del Ejército y jefe del Gobierno Militar. Después de 1990 continuó como comandante en jefe hasta 1998 y luego asumió como senador vitalicio.
La defensa sostenía que no podía analizarse el patrimonio del ex gobernante exclusivamente considerando su sueldo presidencial.
La explicación incluía ahorros acumulados durante décadas, inversiones y los intereses generados por esos recursos.
En noviembre de 2004 Rodríguez insistió: “Los dineros que tiene Pinochet han sido perfectamente justificados con las inversiones, con los ahorros y los intereses que obtuvo con las donaciones que recibió”.
En otra declaración reproducida por la prensa fue todavía más específico: “Los dineros que tiene han sido perfectamente justificados con las inversiones, con los ahorros, con los intereses que obtuvo, con las donaciones de que fue objeto”.
La lógica defensiva era clara. No bastaba con encontrar una determinada suma en una cuenta bancaria. Había que reconstruir su trayectoria financiera completa. Es decir, cuánto había ganado. Cuánto había ahorrado. Qué inversiones había realizado. Qué rentabilidad habían generado. Qué donaciones había recibido. Qué dinero correspondía a otras personas. Y qué fondos habían sido utilizados para operaciones distintas de su patrimonio personal.
Las 764 piezas documentales
La defensa intentó además trasladar la discusión desde el terreno político al terreno documental. Rodríguez informó que había entregado al ministro Sergio Muñoz 764 documentos destinados a respaldar la explicación patrimonial.
El abogado sostenía que esos documentos permitían demostrar el origen de los recursos que estaban siendo cuestionados.
Este punto es relevante porque permite comprender que la estrategia de la defensa no consistía simplemente en afirmar “Pinochet no robó”. Su planteamiento era que debía existir una trazabilidad patrimonial. Es decir, identificar cada suma y explicar de dónde procedía.
La defensa pretendía demostrar que detrás de lo que los medios presentaban como una gigantesca fortuna oculta había una combinación de recursos de naturaleza diferente.
Las “125 cuentas” y los US$27 millones
Aquí entra con fuerza la argumentación desarrollada posteriormente por Hermógenes Pérez de Arce.
Pérez de Arce, abogado, periodista, columnista y uno de los intelectuales más identificados con la defensa histórica del Gobierno Militar, dedicó buena parte de sus escritos a cuestionar la manera en que se presentó públicamente el caso Riggs.
Uno de sus principales argumentos se refería a las famosas “125 cuentas” y a la cifra cercana a US$27 millones que circuló ampliamente en los medios.
Según Pérez de Arce, esa presentación era engañosa porque habría contabilizado como cuentas independientes instrumentos que eran simplemente renovaciones de depósitos, además de incluir recursos pertenecientes a personas distintas de Pinochet.
Su crítica era frontal. Según su reconstrucción, se habían incluido como pertenecientes a Pinochet cuentas e instrumentos que correspondían a:
- familiares
- integrantes de la Casa Militar
- subordinados militares
- profesionales que habían prestado servicios
- otras operaciones que no necesariamente constituían patrimonio personal del ex comandante en jefe
De acuerdo con Pérez de Arce, incluso el propio análisis de la información había mostrado que parte de esas “125 cuentas” correspondían a duplicaciones o renovaciones.
Su conclusión fue: “Así como no existían las 125 cuentas del general Pinochet ni su fortuna de 27 millones de dólares, los fondos que tenía eran de procedencia lícita”. Este argumento constituye uno de los puntos centrales de la defensa política. Porque si una cuenta pertenecía a otra persona, no podía convertirse automáticamente en patrimonio de Pinochet simplemente porque apareciera dentro de una investigación bancaria relacionada con él.
¿Una fortuna inflada por la forma de contar las propiedades?
Otro aspecto cuestionado por los defensores del general Augusto Pinochet fue la manera en que se presentó públicamente la dimensión de su patrimonio inmobiliario. La crítica apuntaba a que determinadas investigaciones y sectores opositores contabilizaban individualmente los distintos roles de avalúo asociados a un mismo conjunto o propiedad, presentándolos posteriormente como si cada rol correspondiera necesariamente a un inmueble independiente y perteneciente personalmente al general, lo cual se sabe que no es así, porque suelen haber muchas propiedades que tienen hasta tres o cuatro roles distintos (un departamento, dos estacionamientos y una bodega). Desde esta perspectiva, una propiedad podía aparecer fragmentada en varios registros tributarios y terminar inflando artificialmente el número total de bienes atribuidos a Pinochet.
La defensa sostenía que, antes de convertir esas cifras en una estimación de “fortuna”, era indispensable determinar qué representaba jurídicamente cada rol, quién figuraba efectivamente como propietario, si existían copropietarios, sociedades o familiares involucrados y cuál era el valor real de cada inmueble como unidad económica. El punto no es menor, porque la cantidad de propiedades fue utilizada durante años como una de las principales herramientas para construir públicamente la imagen de una enorme fortuna inmobiliaria. De hecho, investigaciones posteriores llegaron a contabilizar decenas de roles y propiedades pertenecientes al general, sociedades y familiares, lo que demuestra que la discusión no era simplemente aritmética, sino también jurídica y patrimonial.
Desde la perspectiva de la defensa, por tanto, sumar registros tributarios como si cada uno representara automáticamente una propiedad independiente podía producir una impresión patrimonial considerablemente mayor que la riqueza efectivamente disponible para Pinochet.
El ejemplo de Cornwall: ¿una cuenta de Pinochet o una cuenta utilizada por terceros?
Pérez de Arce proporciona un ejemplo concreto que, desde el punto de vista argumental, resulta particularmente interesante.
Entre los instrumentos financieros que habían sido presentados públicamente como vinculados a Pinochet aparecía una cuenta de la sociedad de inversiones Cornwall. Pero desde esa cuenta se giraron US$48.000 a un almirante retirado. La explicación entregada fue que el oficial había realizado un informe de ingeniería naval para British Aerospace y que había recibido esos US$48.000 como honorarios.
Según la reconstrucción de Pérez de Arce, Pinochet no había participado en la contratación, realización ni pago del trabajo. La pregunta defensiva era entonces evidente: ¿Cómo podía considerarse automáticamente como patrimonio de Pinochet una cuenta desde la cual se había pagado el trabajo profesional de un tercero?
El ejemplo servía a la defensa para atacar lo que consideraba una metodología defectuosa. Una cosa era que una cuenta estuviera relacionada con el círculo de Pinochet. Otra completamente distinta era demostrar que el dinero contenido en ella pertenecía a Pinochet.
El argumento de los US$348.000
Existe además otro elemento de la defensa que ha recibido bastante menos atención pública. Pérez de Arce señala que Pablo Rodríguez sostenía que Pinochet no se había apropiado de determinados recursos, sino que, por el contrario, podía considerarse acreedor del Estado por dinero propio que había utilizado en determinadas actividades oficiales. La cifra mencionada era de US$348.000.
Según esta versión, se trataba de fondos personales utilizados para gastos de la Casa Militar de la Presidencia que posteriormente no habían sido reembolsados.
Pérez de Arce lo resume así: “El abogado del general, Pablo Rodríguez, ha sostenido que él no se apropió de dineros, sino que es acreedor del fisco chileno por US$ 348.000 correspondientes a fondos propios que empleó en gastos de, justamente, la Casa Militar de la Presidencia, que no le fueron reembolsados”. Este argumento es especialmente significativo porque da vuelta completamente la acusación.
La acusación dice: Pinochet tomó dinero público y lo incorporó a su patrimonio.
La defensa responde: En determinadas operaciones ocurrió precisamente lo contrario: Pinochet utilizó dinero propio para financiar gastos relacionados con sus funciones públicas y ese dinero no habría sido restituido.
No significa que esta explicación haya sido aceptada finalmente por los tribunales. Significa que formó parte de la arquitectura argumental de la defensa.
El argumento más controvertido: las donaciones privadas
Probablemente el elemento más interesante —y menos conocido por el público general— de la defensa es el relativo a las donaciones privadas. Pablo Rodríguez sostuvo expresamente que Pinochet había recibido donaciones. Y no habló únicamente de aportes realizados después de abandonar el poder.
Incluyó también donaciones recibidas durante los plebiscitos de 1980 y 1988 y durante su detención en Londres. Pero existe una segunda explicación todavía más importante. La que Hermógenes Pérez de Arce sitúa en 1992.
La colecta de 1992: un fondo privado para proteger a Pinochet
Según Pérez de Arce, después de que Pinochet abandonara la Presidencia comenzó a existir entre sus partidarios la preocupación de que el ex gobernante enfrentaría eventualmente acciones judiciales destinadas no solamente a condenarlo, sino también a afectar económicamente su patrimonio.
De acuerdo con su relato, en 1992 dos empresarios chilenos de una cuantiosa fortuna decidieron organizar una especie de fondo privado destinado a proteger al ex mandatario.
Pérez de Arce escribe: “Por eso, en mi presencia, en 1992, dos hombres de fortuna chilenos (...) se pusieron de acuerdo en recolectar para el ex gobernante un fondo que estuviera a salvo de la rapiña marxista-leninista. Obviamente, debía depositarse en el exterior”.
Más allá del lenguaje político utilizado por Pérez de Arce —propio de su interpretación del período— el dato relevante para entender la defensa es otro. Según su relato, se trataba de dinero privado.
- No de fondos públicos.
- No de recursos del Ejército.
- No de gastos reservados.
- No de dinero del presupuesto nacional.
Sino de aportes voluntarios de particulares. La explicación defensiva es, por tanto, muy concreta. Personas que apoyaban políticamente a Pinochet habrían considerado probable que en el futuro se iniciaran procesos judiciales contra él y que esos procesos pudieran terminar afectando su patrimonio mediante multas, indemnizaciones, costas judiciales, embargos u otras consecuencias económicas. Por eso habrían querido crear una reserva patrimonial.
Los aportes privados que también forman parte de la historia
La explicación alternativa sobre el patrimonio de Augusto Pinochet no se limitaba, según sus defensores, a sus remuneraciones y ahorros personales. Hermógenes Pérez de Arce sostuvo que, en 1992, dos hombres de fortuna chilenos —uno de ellos con importantes contactos en Estados Unidos— acordaron, en su presencia, reunir para el ex gobernante un fondo que quedara protegido en el exterior ante eventuales persecuciones políticas. De acuerdo con su relato, a esta iniciativa se sumaron posteriormente otras personalidades nacionales y extranjeras que contribuyeron a formar un patrimonio externo en favor de Pinochet.
Pérez de Arce agrega que existían además otras fuentes de recursos que, a su juicio, fueron subestimadas o directamente ignoradas en la discusión pública, entre ellas ahorros acumulados durante sus permanencias profesionales en el extranjero, particularmente en Ecuador antes de 1970, fondos previsionales recibidos al retirarse de las Fuerzas Armadas y posteriormente invertidos en sociedades chilenas, derechos de autor derivados de sus libros de geopolítica y donaciones de particulares. Entre estas últimas menciona aportes importantes realizados por la colonia cubana de Miami y por el barón alemán Thyssen, además de una supuesta herencia dejada en 1982 por el ciudadano sueco Jorn Wilhelm Sjersted.
El mismo autor recuerda también que una investigación alemana sobre una transferencia de US$250.000 realizada en 2002 a la Fundación Pinochet concluyó que la familia que había efectuado el pago era acaudalada y que podía suponerse que se trataba de una donación, cuyos integrantes habían preferido mantenerse en el anonimato.
Desde la perspectiva de la defensa, todos estos antecedentes permiten plantear una cuestión fundamental: antes de atribuir automáticamente cada dólar encontrado en cuentas relacionadas con Pinochet a una supuesta apropiación de recursos públicos, era necesario reconstruir exhaustivamente el origen de cada componente de su patrimonio y distinguir entre ahorros personales, inversiones, herencias, donaciones y recursos que realmente hubieran pertenecido al Estado.
Pérez de Arce sostiene, además, que el análisis realizado por Impuestos Internos sobre el período 1973-1990 había determinado una diferencia de aproximadamente US$544.000 entre los ingresos legales conocidos y los gastos atribuidos al ex gobernante, cifra que, según su interpretación, resulta difícil de conciliar con la imagen de una gigantesca fortuna ilícitamente acumulada durante los años en que ejerció la Presidencia.
¿Por qué guardar ese dinero en el extranjero?
Aquí aparece una cuestión particularmente relevante. Según Pérez de Arce, el fondo debía estar fuera de Chile. No necesariamente porque el dinero fuera ilícito, sino porque sus aportantes querían protegerlo de eventuales acciones judiciales de sectores políticos de izquierda en contra de Pinochet.
Desde la perspectiva de la defensa, eso permitía explicar por qué podía aparecer dinero en cuentas extranjeras sin que necesariamente procediera del Estado.
La hipótesis sería: Aportantes privados → fondo de protección → cuentas en el exterior → disponibilidad para enfrentar futuras contingencias.
Naturalmente, esto no demuestra que todos los fondos investigados por el caso Riggs hayan tenido ese origen. Pero sí proporciona una explicación alternativa para una parte del patrimonio extranjero que la defensa consideraba necesario investigar individualmente.
La donación de US$250.000 a la Fundación Pinochet
Hay además un antecedente concreto que permite entender que las donaciones privadas de grandes cantidades no eran una mera construcción teórica.
En 2002 apareció una transferencia de US$250.000 a la Fundación Presidente Augusto Pinochet, operación que fue investigada por autoridades alemanas y que generó interrogantes sobre su origen y destino.
El caso fue utilizado por los defensores de Pinochet como ejemplo de que existían personas privadas dispuestas a aportar sumas considerables para apoyar al ex gobernante y a su entorno. Eso no demuestra que el patrimonio del Riggs fuera íntegramente producto de donaciones. Pero sí afecta una afirmación mucho más absoluta: “Pinochet tenía dinero en el extranjero, por lo tanto ese dinero necesariamente provenía del Estado”.
La existencia documentada de aportes privados demuestra que esa inferencia, tomada aisladamente, no era suficiente. Había que determinar el origen de cada fondo.
¿Podían las donaciones explicar toda la fortuna?
Aquí conviene ser intelectualmente honestos. La defensa podía utilizar las donaciones como una fuente posible y real de patrimonio, pero eso no significa que automáticamente quedara explicado todo el dinero investigado.
Ese es uno de los puntos donde una defensa política seria debe diferenciarse de una simple apología. El argumento defensivo no tiene que ser: “Toda la plata era donada”. Su formulación más sólida es: “La existencia de dinero en cuentas extranjeras no demuestra por sí misma que ese dinero haya sido sustraído al Estado. Existieron distintas fuentes privadas que deben ser examinadas individualmente”. Esa es una diferencia sustancial.
La defensa también cuestionó el uso de nombres distintos
Otro elemento que provocó enorme impacto fue que algunas cuentas aparecieran bajo nombres como Daniel López o José Ramón Ugarte.
La acusación política utilizó aquello como evidencia de ocultamiento. Rodríguez reconoció que se habían utilizado nombres distintos. Pero rechazó que eso constituyera automáticamente un delito.
Según el abogado: “Es posible que se haya utilizado algún nombre diferente porque es muy frecuente, entiendo, en Estados Unidos que se den otros nombres”. Y agregó: “No es ilegal de ninguna manera si detrás de eso no se esconde fraude, ni una estafa, ni un soborno de ninguna naturaleza”.
Desde la lógica defensiva, por tanto, había que demostrar algo más que la utilización de un nombre diferente. Había que demostrar que el nombre ficticio había sido utilizado para ocultar un delito concreto.
La defensa sostenía que esa demostración no se había producido.
“Nunca se le ha podido imputar ningún hecho concreto”
Esta frase de Rodríguez resume otro aspecto central de la estrategia jurídica. El abogado afirmó: “Nunca se le ha podido imputar ningún hecho concreto, son puras especulaciones”.
La importancia de esta frase está en el concepto de hecho concreto. Una investigación patrimonial puede mostrar movimientos financieros sospechosos. Pero una acusación penal necesita establecer qué conducta concreta constituye delito.
- ¿Quién entregó el dinero?
- ¿Quién lo recibió?
- ¿De qué cuenta salió?
- ¿A qué cuenta llegó?
- ¿Era dinero fiscal?
- ¿Quién tenía su custodia?
- ¿Quién ordenó transferirlo?
- ¿Quién se apropió de él?
- ¿En qué momento?
- ¿Dónde está la prueba documental?
La defensa intentaba llevar la discusión hacia esas preguntas.
La otra gran discusión: ¿cuánto dinero tenía realmente Pinochet?
Otro de los argumentos desarrollados por Pérez de Arce fue que las cifras publicadas durante la investigación habían producido una impresión de riqueza mucho mayor que el patrimonio que finalmente podía atribuirse directamente al ex gobernante.
El problema estaba en la diferencia entre: cuentas vinculadas a Pinochet y patrimonio propiedad de Pinochet. No son conceptos equivalentes.
Pérez de Arce cuestionó precisamente que se hubiera sumado indiscriminadamente una gran cantidad de instrumentos financieros para construir la imagen de una fortuna de US$27 millones.
Su tesis era que parte de esos instrumentos correspondía a terceros y que otras operaciones eran renovaciones de depósitos. De allí su insistencia en que no podían presentarse como 125 cuentas personales de Pinochet.
Una fortuna que no terminó convertida en una gran herencia
Hay otro elemento que resulta incómodo para la tesis de una gigantesca fortuna personal acumulada por Augusto Pinochet. Al momento de su muerte, el 10 de diciembre de 2006, sus herederos no recibieron simplemente un patrimonio multimillonario, líquido y disponible. Por el contrario, parte importante de los bienes se encontraba embargada y sobre la sucesión pesaban obligaciones tributarias que posteriormente fueron cuantificadas en miles de millones de pesos. Una inversión de aproximadamente US$1,5 millones que Pinochet había destinado en su testamento a su esposa y tres de sus hijas estaba bajo embargo judicial, mientras el Fisco perseguía deudas tributarias de la sucesión.
Desde la perspectiva de su defensa, este dato permite formular una pregunta legítima. Si realmente hubiera existido esa enorme fortuna personal, líquida y disponible que durante años se presentó públicamente como una de las grandes riquezas ocultas de Chile, ¿por qué la muerte del general no se tradujo en una gran herencia libre de obligaciones para sus hijos?
La respuesta defensiva sería que una cosa es contabilizar como patrimonio todos los activos que aparecieron durante la investigación y otra muy distinta determinar cuánto dinero constituía realmente una fortuna personal disponible para sus herederos, cuánto correspondía a inversiones, cuánto estaba sujeto a embargos, cuánto debía pagar impuestos y cuáles eran las obligaciones pendientes.
Este argumento no demuestra por sí solo que las acusaciones del caso Riggs fueran falsas, pero sí sirve para cuestionar la imagen simplificada de un Pinochet que habría muerto dejando una gigantesca fortuna intacta a su familia.
La defensa frente a la acusación de “robo”
Aquí llegamos al corazón político del asunto. En el lenguaje cotidiano, durante años se habló de que Pinochet “había robado millones de dólares”. Pero desde el punto de vista jurídico, la discusión era bastante más compleja.
La defensa sostenía que no existía una demostración individualizada de que cada dólar atribuido a Pinochet proviniera del erario.
Rodríguez fue categórico: “El general Pinochet no ha robado un peso a nadie ni menos al Estado chileno”. Y añadió que los recursos estaban explicados mediante: “las inversiones, con los ahorros y los intereses que obtuvo con las donaciones que recibió”.
En otras palabras, la defensa rechazaba que se transformara una investigación patrimonial en una presunción automática de robo.
El problema de los gastos reservados
Aquí aparece el punto donde la posición de la defensa chocó frontalmente con la conclusión judicial posterior.
La investigación terminó calculando un patrimonio total de aproximadamente US$21,36 millones, de los cuales unos US$17,87 millones fueron considerados sin justificación. La acusación sostuvo que esos recursos provenían presumiblemente de gastos reservados asignados a la Presidencia, la Casa Militar y la Comandancia en Jefe del Ejército.
Pero hay una precisión muy interesante en la propia documentación judicial. La sentencia recogió que el patrimonio no justificado ascendía a US$17.866.323,20, pero también dejó consignado que el informe pericial de la Universidad de Chile había establecido que los gastos reservados puestos a disposición de Pinochet alcanzaban US$5.651.389,62. Es decir, la cifra del patrimonio considerado no justificado y la cifra de gastos reservados específicamente determinados no eran idénticas.
La acusación sostuvo que el origen del patrimonio no justificado debía encontrarse en esos fondos. La defensa, naturalmente, podía utilizar esta diferencia para cuestionar la reconstrucción completa del origen del patrimonio.
La diferencia entre “no justificado” y “robado”
Aquí existe una distinción conceptual que suele perderse en el debate político. Que una suma sea considerada “sin justificación” no es exactamente lo mismo que demostrar que cada dólar fue robado mediante una operación específica.
La acusación fiscal decía que el origen de los US$17,86 millones “no encuentra justificación razonable” y que todo hacía presumir que se encontraba en fondos de gastos reservados.
Para la defensa, precisamente esa diferencia era fundamental. Si no se podía demostrar el origen específico de cada suma, resultaba discutible —según su argumento— afirmar públicamente que todo aquel dinero había sido robado.
Sin embargo, la posición judicial posterior terminó siendo más contundente que esa interpretación defensiva.
Lo que estableció la Corte Suprema en 2018
La Corte Suprema cerró la arista penal del caso Riggs en 2018. El máximo tribunal condenó a tres ex oficiales vinculados a la administración y custodia de fondos reservados y ordenó el comiso de aproximadamente US$1,62 millones en bienes vinculados a Pinochet o sus sociedades.
La sentencia consideró demostrado que determinados funcionarios habían participado en la sustracción de fondos correspondientes a gastos reservados en favor de Pinochet o sus familiares.
Pero existe una cuestión jurídica fundamental: Pinochet había muerto en 2006. Por lo tanto, nunca recibió una condena penal definitiva en el caso Riggs. Esta circunstancia fue utilizada posteriormente por los abogados de su sucesión.
Fernando Rabat y la defensa jurídica de la herencia
Fernando Rabat, abogado que participó en la defensa de la familia Pinochet en las causas patrimoniales, planteó una cuestión jurídica diferente. Su argumento no consistía necesariamente en afirmar que toda la fortuna era legítima.
Era una cuestión de responsabilidad jurídica. Pinochet había muerto antes de que existiera una condena penal definitiva en su contra. Por tanto, la defensa sostuvo que no podía tratarse su patrimonio como si existiera una sentencia penal condenatoria contra él.
Este argumento adquirió importancia especialmente al discutirse el destino de los bienes. Es una distinción que también debe mantenerse cuando se escribe históricamente sobre el caso.
No puede decirse que Pinochet fue condenado penalmente por robo en el caso Riggs. Pero tampoco puede decirse que la justicia concluyó que todos sus bienes eran legítimos. Ambas afirmaciones serían incorrectas.
La posición del Estado fue completamente distinta
El Estado chileno desarrolló una tesis opuesta. Según la reconstrucción judicial, el patrimonio sin justificación tenía su origen en gastos reservados.
La Corte Suprema consideró acreditada la participación de funcionarios en la sustracción de esos fondos. Y en 2025 se produjo un nuevo capítulo.
El Séptimo Juzgado Civil de Santiago ordenó a los herederos de Pinochet restituir US$16.244.768,74, considerando que habían obtenido provecho patrimonial de recursos cuyo origen ilícito había quedado establecido en la investigación.
La resolución señaló que, aunque no pudo hacerse efectiva la responsabilidad penal de Pinochet debido a su fallecimiento, se encontraba acreditado que había incurrido en conductas que implicaron sustracción de caudales públicos. Pero debe señalarse que ese fallo de 2025 fue de primera instancia y podía ser apelado.
Entonces, ¿quedó completamente derrotada la defensa?
Desde una perspectiva política de derecha, la respuesta requiere cierta sutileza. No puede decirse que los tribunales hayan aceptado la explicación completa de la defensa.
Eso sería históricamente incorrecto. La investigación judicial terminó vinculando una parte importante del patrimonio no justificado con gastos reservados. Pero tampoco puede decirse que la defensa simplemente hubiera inventado una explicación sin ningún antecedente.
Existieron efectivamente:
- inversiones
- ahorros
- intereses
- cuentas de terceros
- operaciones financieras de familiares
- pagos a profesionales
- donaciones
- aportes a la Fundación Pinochet
- Según el testimonio de Hermógenes Pérez de Arce, una colecta privada iniciada en 1992.
Lo que se discutió durante años fue qué porcentaje del patrimonio correspondía a cada una de esas fuentes.
La tesis política de Hermógenes Pérez de Arce
Pérez de Arce fue más lejos que la defensa estrictamente jurídica. Su interpretación política del caso Riggs consiste en sostener que la investigación fue utilizada para construir una imagen de Pinochet como un gobernante que había convertido el poder en una gigantesca operación de enriquecimiento personal.
Su argumento es que esa imagen no se correspondía necesariamente con la verdadera estructura patrimonial. Para él, se confundieron cuentas con instrumentos financieros, fondos de terceros con patrimonio de Pinochet y donaciones con recursos públicos. Y también existía, según su relato, una explicación política para la existencia de dinero en el exterior.
Los partidarios de Pinochet habían anticipado que después del Gobierno Militar vendrían procesos judiciales y acciones destinadas a afectar patrimonialmente al ex gobernante. Por eso —según esta interpretación— habían decidido protegerlo económicamente.
La idea era que, si eventualmente llegaban multas, indemnizaciones, gastos judiciales o medidas patrimoniales, Pinochet dispusiera de recursos privados para enfrentarlos. No sería, desde esta perspectiva, una fortuna construida clandestinamente para enriquecerse mediante el Estado. Sería un fondo de protección política y jurídica reunido por particulares.
Una cuestión que suele desaparecer del debate
Hay una pregunta que rara vez aparece cuando se resume el caso Riggs: ¿Por qué personas particulares habrían estado dispuestas a entregar dinero a Pinochet?
La respuesta desde el mundo de sus partidarios era sencilla. Porque consideraban que el ex gobernante había salvado al país del marxismo y que posteriormente sería sometido a una persecución política y judicial.
Uno puede estar completamente en desacuerdo con esa interpretación histórica. Pero para comprender la defensa hay que entenderla. Quienes apoyaban a Pinochet no necesariamente consideraban que estaban financiando a un hombre que había robado al Estado.
Podían considerarlo, por el contrario, un antiguo gobernante perseguido por sus adversarios políticos. Y, desde esa perspectiva, una donación privada destinada a ayudarlo a enfrentar futuras contingencias judiciales podía parecerles perfectamente legítima.
El caso Riggs como batalla política
Por eso el caso Riggs adquirió una dimensión que excedió largamente lo económico. Para la izquierda chilena, pasó a convertirse en uno de los símbolos más poderosos de la supuesta corrupción del Gobierno Militar.
Para los defensores de Pinochet, en cambio, se transformó en un ejemplo de cómo una investigación financiera podía convertirse en una herramienta de demolición política de toda una trayectoria histórica.
La frase “Pinochet robó” terminó funcionando como una conclusión política antes incluso de que terminara el proceso judicial.
La defensa intentó obligar a discutir algo mucho más complejo:
- ¿Qué dinero?
- ¿De quién era?
- ¿De dónde provenía?
- ¿Quién lo depositó?
- ¿Quién lo retiró?
- ¿Qué parte era de terceros?
- ¿Qué parte correspondía a donaciones?
- ¿Qué parte eran intereses o inversiones?
- ¿Qué parte correspondía efectivamente a fondos reservados?
Esa era la verdadera batalla técnica.
El argumento de la izquierda radical era emocional, el argumento de la derecha pinochetista era técnico. Y las explicaciones que se daban también lo eran, y todo esto en el contexto de un debate profundamente ideologizado.
Una defensa que debe ser analizada con sus luces y sus sombras
Desde una posición política favorable a Pinochet, resulta perfectamente legítimo reivindicar la presunción de inocencia que tuvo mientras estuvo vivo y recordar que nunca fue condenado penalmente en una sentencia definitiva por el caso Riggs.
- También es legítimo recordar que varias de las cifras difundidas inicialmente fueron objeto de discusión y que la expresión “125 cuentas de Pinochet” no describía necesariamente 125 cuentas personales independientes.
- También es legítimo destacar que la defensa presentó explicaciones basadas en ahorros, inversiones, intereses y donaciones.
Y, especialmente, es legítimo incorporar el testimonio de Hermógenes Pérez de Arce sobre la colecta privada iniciada en 1992.
Pero una defensa históricamente sólida debe reconocer también que la conclusión judicial posterior no fue favorable a la tesis de que todo el patrimonio podía explicarse como dinero privado legítimo.
La Corte Suprema de 2018 estableció responsabilidades de funcionarios por la sustracción de fondos reservados y ordenó comisos. Y el fallo civil de 2025 sostuvo que los US$17,886 millones considerados sin justificación tenían origen en fondos reservados y ordenó a los herederos restituir más de US$16,2 millones.
Por eso, la defensa histórica de Pinochet debe presentarse como lo que fue: una explicación alternativa del origen de su patrimonio y una impugnación de la acusación de robo, no como una conclusión judicial que hubiera sido finalmente aceptada en su totalidad.
La gran pregunta que dejó el caso Riggs
Después de más de dos décadas, el caso Riggs continúa siendo utilizado como arma política. Para unos, constituye la demostración definitiva de que Pinochet se enriqueció mediante fondos públicos. Para otros, representa un proceso en el que se mezclaron indebidamente cuentas de terceros, operaciones financieras, donaciones, ahorros y patrimonio personal con recursos públicos, construyendo una cifra y una imagen de riqueza que, según ellos, fueron exageradas.
La defensa dejó frases que todavía permiten reconstruir su posición.
Pablo Rodríguez: “El general Pinochet no le ha robado un peso a nadie ni menos al Estado chileno”.
Y también: “Nunca se le ha podido imputar ningún hecho concreto, son puras especulaciones”.
Sobre el patrimonio: “Los dineros que tiene Pinochet han sido perfectamente justificados con las inversiones, con los ahorros y los intereses que obtuvo con las donaciones que recibió”.
Y sobre las cuentas con nombres distintos: “No es ilegal de ninguna manera si detrás de eso no se esconde fraude, ni una estafa, ni un soborno de ninguna naturaleza”.
Hermógenes Pérez de Arce, por su parte, sostiene la existencia del fondo privado creado en 1992: “Dos hombres de fortuna chilenos (...) se pusieron de acuerdo en recolectar para el ex gobernante un fondo que estuviera a salvo de la rapiña marxista-leninista”.
Y plantea su conclusión: “Así como no existían las 125 cuentas del general Pinochet ni su fortuna de 27 millones de dólares, los fondos que tenía eran de procedencia lícita”.
Ahí se encuentra, en definitiva, el núcleo de la defensa. Pinochet no habría sido un hombre que simplemente tomó millones del Estado y los escondió en el extranjero. Para sus defensores, existía una historia patrimonial mucho más compleja, compuesta por décadas de ingresos, ahorro, inversiones, intereses, donaciones y recursos aportados por particulares que querían protegerlo de lo que consideraban una futura persecución política y judicial.
La justicia terminó estableciendo otra conclusión respecto de una parte sustancial del patrimonio. Pero una cosa es lo que finalmente resolvieron los tribunales y otra, perfectamente legítima desde el punto de vista histórico y político, es reconstruir qué respondió la defensa, cuáles fueron sus argumentos y sobre qué antecedentes construyó su explicación.
Y probablemente esa sea la manera más seria de abordar el caso Riggs: no reduciéndolo al eslogan “Pinochet robó”, pero tampoco sustituyéndolo por el eslogan contrario. La verdadera historia está en la disputa por el origen de cada peso, cada cuenta y cada transferencia.
Pinochet murió sin una condena penal
Hay un hecho jurídico que tampoco debería desaparecer de esta discusión. Augusto Pinochet murió el 10 de diciembre de 2006 sin haber sido condenado penalmente por el caso Riggs. La causa en su contra terminó mediante sobreseimiento definitivo por su fallecimiento, extinguiéndose su responsabilidad penal personal. Incluso la propia Corte Suprema reconoció posteriormente que, al no existir una condena contra Pinochet, no correspondía mantener un comiso penal sobre sus bienes en los términos originalmente planteados.
| Augusto Pinochet. |
Para quienes sostienen una lectura política del caso, esta secuencia permite preguntarse si la persecución patrimonial de la familia terminó adquiriendo una dimensión que excedía la responsabilidad penal individual de Pinochet. Hablar directamente de una “venganza política” exige demostrar la motivación de los jueces y, por tanto, es más prudente presentarlo como una interpretación crítica de la defensa que como un hecho judicialmente acreditado. Lo que sí resulta indiscutible es que Pinochet murió sin una condena penal y que las acciones patrimoniales contra sus herederos continuaron durante casi dos décadas después de su muerte.
Una justicia sesgada y que tampoco estuvo completamente ajena a la política
Resulta difícil analizar la persecución judicial contra Augusto Pinochet sin considerar el contexto político en que se desarrollaron estas investigaciones. El caso Riggs fue encabezado inicialmente por Sergio Muñoz y posteriormente por Carlos Cerda, dos magistrados que adquirieron una enorme exposición pública por sus actuaciones contra el ex gobernante y su entorno.
Muñoz dejó la investigación después de ser promovido a la Corte Suprema durante el gobierno de Ricardo Lagos, mientras Cerda protagonizó una relación particularmente conflictiva con la defensa y terminó siendo suspendido temporalmente de la investigación después de que sus actuaciones fueran cuestionadas ante los tribunales superiores. La propia recusación de Cerda fue planteada por la defensa sobre la base de una supuesta pérdida de imparcialidad, y la Corte de Apelaciones efectivamente mantuvo su suspensión mientras se resolvía el conflicto. Más significativo todavía, varias de las resoluciones mediante las cuales Cerda procesó a integrantes de la familia Pinochet fueron posteriormente dejadas sin efecto por la Corte de Apelaciones, que cuestionó elementos esenciales de la configuración de los delitos imputados.
Todo esto permite sostener que existió una persecución judicial extraordinariamente intensa contra Pinochet y su familia y que ésta estuvo inevitablemente inserta en la profunda disputa política y cultural que marcó la transición chilena. Sería excesivo afirmar, sin pruebas adicionales, que cada magistrado actuó siguiendo una militancia partidista o una orden política, pero tampoco resulta razonable presentar aquella persecución como un proceso completamente aislado de las pasiones, conflictos, sesgos e intereses políticos de la época.
Cuando los tribunales entraron en la batalla política
Existe un antecedente que merece ser considerado cuando se analiza la intensidad con que el Poder Judicial persiguió a Augusto Pinochet durante los últimos años de su vida. Carlos Cerda no era un magistrado ajeno a la dimensión política del conflicto que rodeaba al antiguo régimen. Durante el régimen militar, este juez había procesado a militares por violaciones a los derechos humanos, se había negado a aplicar la amnistía y esas actuaciones le habían significado sanciones dentro del propio Poder Judicial. Ya en democracia se convirtió en una figura reconocida por los sectores vinculados a la defensa de los derechos humanos y fue precisamente el juez que tomó el caso Riggs después de Sergio Muñoz.
Pero resulta particularmente revelador que, tras la muerte de Pinochet, Cerda declarara públicamente sentirse decepcionado porque el Estado no había logrado establecer la “verdad” sobre las acusaciones contra el ex gobernante y sostuviera que el Poder Judicial había incurrido en “denegación de justicia” en materia de derechos humanos, llegando incluso a hablar de un “notable abandono de deberes” de algunos de sus integrantes.
Desde una perspectiva crítica, estos antecedentes permiten sostener que el caso Pinochet se desarrolló dentro de un Poder Judicial profundamente atravesado por la disputa política y moral sobre lo que fue la odiosidad de la izquierda en contra del gobierno militar, y que resulta ingenuo presentar aquellas investigaciones como si hubieran ocurrido en un vacío completamente aséptico. Esto no demuestra por sí solo que Cerda haya dictado resoluciones por instrucciones partidistas, pero sí permite cuestionar la pretensión de que la persecución judicial de Pinochet fue enteramente ajena al clima político de la transición y a la batalla por establecer una determinada interpretación histórica de su gobierno.
La autoridad de la justicia no elimina el derecho a la duda
Los fallos judiciales deben cumplirse. En un Estado de Derecho no existe alternativa a ese principio, porque sin respeto por las resoluciones de los tribunales la convivencia civilizada simplemente se vuelve imposible. Pero obedecer una sentencia no significa convertirla en una verdad histórica indiscutible ni renunciar al derecho de analizar críticamente cómo, por quién y bajo qué circunstancias fue dictada. Mucho menos cuando se trata de procesos que, como los relacionados con Augusto Pinochet, estuvieron insertos en una de las mayores divisiones políticas, ideológicas y culturales de la historia contemporánea de Chile. En esos casos, además de las pruebas y las normas jurídicas, inevitablemente entran en juego las convicciones personales, la formación intelectual, la sensibilidad política y la propia concepción histórica de quienes administran justicia.
Por eso resulta legítimo preguntarse por los antecedentes de los magistrados que intervinieron en estas causas. Carlos Cerda, por ejemplo, no fue un juez cualquiera frente al fenómeno Pinochet. Su trayectoria estuvo marcada por sus actuaciones en causas de derechos humanos durante la dictadura y, años después, él mismo declaró que el Poder Judicial había incurrido en “denegación de justicia” y que algunos de sus integrantes habían incurrido en “notable abandono de deberes”. Además, durante la investigación del caso Riggs su imparcialidad fue cuestionada reiteradamente por las defensas, llegando incluso a ser temporalmente apartado de la causa en determinadas oportunidades, aunque posteriormente las instancias superiores rechazaron algunas de esas objeciones.
Todo esto no demuestra que el juez Cerda haya fallado deliberadamente por razones ideológicas, pero sí proporciona antecedentes suficientes para sostener que sus decisiones, como las de cualquier magistrado involucrado en una causa políticamente explosiva, pueden y deben ser sometidas al escrutinio de la opinión pública y de los historiadores.
Y esa cautela resulta todavía más razonable cuando se recuerda que el caso Pinochet no enfrentaba simplemente a un acusado con el Estado, sino que ponía en disputa dos interpretaciones antagónicas de Chile. Para una parte del país, Pinochet fue el responsable de una dictadura que debía ser juzgada hasta sus últimas consecuencias; para otra, fue el gobernante que encabezó una transformación política y económica que consideran decisiva para el Chile moderno. Pretender que una controversia de semejante magnitud podía desarrollarse completamente al margen de las pasiones políticas, de las visiones ideológicas y de los conflictos de memoria resulta poco realista.
Por eso, desde una perspectiva crítica y favorable al legado de Augusto Pinochet, creo que sí existe un espacio legítimo y evidente para desconfiar de determinadas conclusiones, revisar sus fundamentos y preguntarse si todos los actores del proceso fueron capaces de separar absolutamente sus convicciones históricas de su actuación judicial. Respetar una sentencia es una obligación jurídica; considerarla infalible, en cambio, nunca ha sido una obligación ciudadana.
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