Los concejos municipales pueden transformarse en una muralla cuando la política local prima sobre el interés público. Pero el derecho chileno ofrece caminos —técnicos y políticos— para que un proyecto de infraestructura deportiva de envergadura se tramite y se decida en ámbitos estatales de mayor alcance técnico y menor susceptibilidad a los intereses clientelares.
Acá explico cómo y por qué es viable, y cuál sería la hoja de ruta práctica para lograrlo.
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| La "U". |
Como hincha de Universidad de Chile, lo digo sin ambages: entiendo la frustración de no tener estadio propio. Proyectos valiosos se han visto atascados por la calculadora electoral de algunas autoridades que sólo piensan en su reelección, por concejales que se enfocan más en la papeleta que en el legado de una mejor infraestructura deportiva para el país.
Sin embargo, la ley no condena a la U a depender siempre del ánimo de un concejo municipal. Hay herramientas públicas que permiten levantar proyectos de interés mayor, especialmente cuando el bien que se persigue tiene efectos más allá de la comuna: empleo, turismo, capacidad para eventos internacionales y proyección para candidaturas como los Juegos Olímpicos.
A continuación explico las rutas legales y los pasos prácticos.
1) Punto de partida: la competencia municipal (y sus límites)
La planificación urbana básica (planes reguladores comunales) es atribución municipal: es la municipalidad la que elabora y mantiene actualizado el Plan Regulador Comunal y, por tanto, las normas de uso de suelo que condicionan dónde y cómo se puede edificar. Esa es la razón por la cual, cuando un proyecto exige un cambio de uso de suelo o una excepción, el concejo municipal aparece como instancia decisoria relevante.
Sin embargo, esa competencia no es absoluta ni única: existen instrumentos estatales que superponen o condicionan la actuación municipal cuando el proyecto tiene carácter mayor o se asienta sobre bienes fiscales.
2) Vía preferente: terrenos fiscales y concesiones del Estado
Si el terreno apto para el estadio es propiedad fiscal, el Ministerio de Bienes Nacionales administra esos paños y puede otorgar concesiones (gratuitas o de uso oneroso) por largos plazos a entidades que presenten un proyecto público o de interés social. Trabajar sobre suelo fiscal desactiva gran parte del poder de veto municipal sobre la titularidad del inmueble y facilita que el proyecto se instrumente a nivel central. Es decir: si se logra un paño fiscal adecuado, la discusión sobre “si se vende o no” y “quién lo compra” puede convertirse en un trámite administrativo ministerial más que en una batalla municipal.
3) Cuando el terreno es privado: declaratoria de utilidad pública y expropiación
Si el único paño viable es de propiedad privada, la ley urbanística contempla mecanismos para declarar un inmueble de “utilidad pública” (herramienta prevista en la normativa urbanística) y, si procede, declarar o tramitar expropiaciones conforme a la normativa aplicable. Esa vía exige bases sólidas (proyección urbana, razones técnicas y, en muchos casos, compensación económica), pero es una alternativa jurídica real cuando el interés público lo justifica.
4) El rol del Ejecutivo y los instrumentos de decisión estatal
Hay dos ideas prácticas que conviene tener claras:
Convertir el proyecto en política pública de alcance nacional o regional —si el Estado califica el proyecto como de “interés nacional” o de prioridad sectorial (por ejemplo: infraestructura para la postulación a grandes eventos internacionales)—, la tramitación y decisión se desplazan en la práctica a niveles ministeriales y a instrumentos técnicos (estudios, concesiones, decretos fundados), donde las discusiones son menos dependientes del interés eleccionario local y más sujetas a criterios técnicos y presupuestarios. La calificación como obra estratégica o de interés nacional no es un mero adorno: abre la puerta a procedimientos administrativos y financieros distintos.
Las obras públicas y concesiones se deciden mediante marcos legales y decretos (por ejemplo, los regímenes de concesión administrativa y las aprobaciones ministeriales previstas en la normativa de obras públicas). Esto permite que el Ministerio competente, con la intervención de Hacienda y la firma de decretos supremos, apruebe convenios de concesión y financiamiento sin que el concejo municipal tenga veto directo sobre la decisión final de inversión estatal o concesión para explotación.
5) Cuestión ambiental: el SEIA (un filtro técnico, no político)
Un proyecto de la magnitud de un estadio —especialmente si supera ciertos umbrales o si implica obras en zonas sensibles— deberá someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). El SEIA funciona con criterios técnicos y administrativos; los cuestionamientos se ventilan mediante informes, participación ciudadana y, eventualmente, decisiones de comité de ministros en materias ambientales. Esto convierte buena parte del debate en una cuestión técnica (ruidos, infraestructura vial, manejo de aguas, mitigaciones), y no en una simple negociación política puramente municipal. Ese carácter técnico y público del SEIA es una ventaja para quien busca sacar el proceso del trámite exclusivamente municipal.
6) Hoja de ruta práctica (¿cómo se hace en la realidad?)
A continuación explico los puntos estratégicos al lenguaje jurídico-administrativo y operativo para lograr concretar el sueño azul.
Plan A — negociación municipal (primer intento, el más prudente):
- Identificar comunas con disponibilidad de suelo y voluntad política (Cerrillos, Lampa, Maipú, San Bernardo, Til Til, etc.).
- Priorizar paños fiscales en esas comunas o paños privados con posibilidad de acuerdo.
- Presentar al municipio un estudio técnico (impacto vial, mitigaciones, beneficios económicos y sociales) para mostrar que el proyecto mejora la planificación comunal, con énfasis en empleos y actividades complementarias.
- Si el paño es fiscal, solicitar a Bienes Nacionales la concesión de uso; si es privado, negociar la compra o estudiar la declaratoria de utilidad pública como alternativa.
Plan B — negociación directa con el Poder Ejecutivo (si Plan A falla):
- Preparar un expediente técnico-legal robusto: estudio de factibilidad, evaluación social, estudio preliminar ambiental (DIA/EIA según corresponda) y análisis de costos/financiamiento.
- Presentar un listado de más de un millón de firmas virtuales de hinchas de Universidad de Chile (e idealmente dos millones) con sus respectivos datos personales, para que la postulación frente a las autoridades políticas tenga más peso y pueda tramitarse como un proyecto "de interés nacional".
- Buscar patrocinio ministerial (Deportes, MOP, Bienes Nacionales, Minvu, Hacienda). Proponer el proyecto como infraestructura estratégica (estadio multiuso y/o estadio olímpico parcial) que aporta a objetivos nacionales (deporte, turismo, postulación a eventos internacionales). La calificación como obra estratégica facilita la tramitación ministerial.
- Si hay apoyo ministerial, avanzar por la vía de concesión o convenio con el Estado (modelo de financiación-concesión o construcción estatal y posterior administración mediante concesión), dejando en manos del Ejecutivo la decisión técnico-administrativa y la autorización final por decreto o convenio.
Plan C — incidencia institucional y ciudadanía organizada (reformulado, no dirigido a un grupo demográfico):
- Construir una coalición amplia: universidades, organizaciones deportivas, cámaras de comercio, gremios culturales, fundaciones y ciudadanos de distintas comunas.
- Recolectar apoyo ciudadano por vías públicas (petición nacional, firmas ciudadanas abiertas, participación en audiencias públicas del SEIA), sin llamadas dirigidas exclusivamente a un grupo demográfico. Una petición con millones de adhesiones es un argumento político, pero no es jurídicamente determinante: lo que sí pesa es que muestre respaldo social y legitime la priorización estatal.
- Si procede, promover una norma especial (proyecto de ley o inclusión en la cartera de inversión pública, Fondo de Infraestructura o similar) para dar seguridad jurídica y financiera al proyecto. La existencia de instrumentos estatales que financian y gestionan infraestructura (por ejemplo, vehículos estatales o fondos de infraestructura) es una vía para institucionalizar la iniciativa.
- Hacer un llamado abierto a los cuatro millones de hinchas de Universidad de Chile a votar sólo por políticos que se muestren favorables a la idea de un estadio propio de la U: si las autoridades no quieren que la U tenga su estadio propio, elijamos a autoridades que sí estén de acuerdo con ello. Somos millones y podemos incidir en cualquier elección política en Chile.
7) Riesgos reales y cómo mitigarlos
- Riesgo político local: aunque la titularidad del suelo fiscal o la declaratoria de interés nacional reduzcan su poder de veto, los municipios pueden crear fricciones prácticas (permisos menores, trámites de obras, fiscalización local). Mitigación: anticipar y acordar convenios interinstitucionales con las municipalidades afectadas.
- Riesgo ambiental: litigios o controversias en SEIA —mitigación técnica y diálogo ciudadano temprano.
- Riesgo de financiamiento: esquemas de concesión y modelos público-privados deben diseñarse con asesoría de expertos y especialistas en el tema.
8) Conclusión — es jurídicamente factible, pero depende de estrategia política
Resumiendo: sí, es jurídicamente factible que la Universidad de Chile, actuando con altura técnica, consiga la aprobación de un terreno y la viabilidad de un estadio sin quedar a merced del voto de concejales locales. Las vías no son mágicas: pasan por identificar suelo fiscal, articular el proyecto como iniciativa de interés superior (regional o nacional), tramitar las aprobaciones técnicas (SEIA, concesiones) y construir apoyos ministeriales y parlamentarios que permitan formalizar la inversión mediante convenios o decretos fundados.

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